Amigos…. Es importante dedicarnos a aclarar algunas confusiones habituales en los portadores de ambas patologías. Tanto el Síndrome de Fatiga Crónica como la Fibromialgia son dos enfermedades diferentes, pero con una forma de presentación y sintomatología aparentemente similares, lo que da lugar ciertamente a confusión.
El diagnóstico diferencial entre ambas es fundamental para un correcto diagnóstico, pronóstico y terapéutica.
La fatiga crónica es una enfermedad grave, compleja y debilitante caracterizada por una fatiga intensa, física y mental, que no remite significativamente tras el reposo y que empeora con la actividad física o mental.
El impacto que produce en la vida del enfermo es demoledor, tanto por la existencia de la enfermedad en sí, como por el aislamiento e incomprensión del entorno, aparejándole a su portador una muy mala calidad de vida.
Sí hay que puntualizar que el verdadero Síndrome de Fatiga Crónica, nada tiene que ver con trastornos psiquiátricos, y si ello ocurriese generaría responsabilidad en el diagnosticador.
Contrariamente, los pacientes afectados de fibromialgia perciben un dolor crónico, pero este se presenta de forma generalizada.
Es válido señalar que la Organización Mundial de la Salud reconoció en 1992 a la fibromialgia como una enfermedad crónica, incluyéndola dentro de la especialidad de reumatología, en tanto que en 1993, lo hizo respecto del Síndrome de Fatiga Crónica, ubicando a esta dentro de la especialidad de medicina interna.
Es así, que quienes estén afectados de esta patología y puedan demostrar mediante certificado médico que superan 11 de los 18 puntos gatillos, podrán gestionar en nuestro país dicho Certificado Único de Discapacidad.
El trámite para obtener dicha certificación es sencillo y su posesión proporcionará grandes ventajas. En principio deberá el interesado solicitar un turno para ser evaluado por la Junta Médica.
Deberá acompañar su documento de identidad donde conste su último domicilio, el que deberá coincidir con el del hospital de referencia en el cual se tramitará dicha certificación.
Además deberá presentarse una reseña del médico tratante, sea o no de la especialidad, en la cual conste el diagnóstico de dichas enfermedades.
Asimismo habrá que completar el formulario para discapacidad motriz, si por ejemplo la fibromialgia es la principal discapacidad.
Entregada toda esta documentación, se le dará al solicitante un formulario que deberá ser completado por su médico reumatólogo, neurólogo o traumatólogo que lo esta atendiendo el cual deberá traer el día de ser evaluado por dicha Junta Médica.
Es conveniente acompañar estudios más específicos tales como: polisomnografia, resonancia magnética, electromiograma, etc.
Y por último, si el paciente tuviera obra social o prepaga deberá adjuntar también copia del carnet.
Ahora bien, si una vez procedida la evaluación médica, la certificación es denegada porque la afección es leve, ergo no afecta su calidad de vida, dicho dictamen puede ser recurrido.
En síntesis, haciendo un paralelismo entre ambas patologías, numerosas veces discapacitantes, nos permite aducir que el problema más grave que presentan a sus portadores es que son en general desconocidas, porque físicamente no pueden percibirse.
Ello es así, porque en la actualidad no existen aparatos que puedan diagnosticarlas, ni ninguna prueba exclusiva en la cual aquellas puedan visualizarse. Por lo tanto la diferencia fundamental es que los enfermos de fibromialgia perciben siempre dolor crónico generalizado, en tanto que los de fatiga crónica refieren fatiga sin causa concreta.
Amigos… comparto en su totalidad con el colectivo médico que el diagnóstico precoz deviene importantísimo pues cuanto antes el paciente es diagnosticado, mejor pronóstico tiene de mejora ergo de no desembocar en una discapacidad.
En consecuencia, al considerarse a estas patologías como desconocidas, se las denominó habitualmente con nombres diferentes o muchas veces se las asoció con otras enfermedades, razón por la cual creo vital dar difusión a las mismas.
Por ello sigo insistiendo denodadamente en que «EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS NO CONSTITUYEN MEROS PRIVILEGIOS».
Y tu que opinas al respecto?
Haz intentado conseguir discapacidad?
Te la han reconocido?